1. Corresponde a la Comisión de Estudios Legislativos y Reglamentos, el estudio, el dictamen y conocimiento, respectivamente, de los asuntos relacionados con:
I. Las leyes reglamentarias u orgánicas de dispositivos de la Constitución Política del Estado y los que la Constitución Federal le autorice reglamentar;
II. Las leyes que la legislación federal autoriza reglamentar a las entidades federativas;
III. El reglamento de esta ley y demás disposiciones reglamentarias; y IV. El análisis y la revisión permanente de la legislación estatal buscando su codificación y armonía.