Capítulo I BISDEL PROCEDIMIENTO DE PROBIDAD
Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco · arts. 197-A a 197-B
Artículos
- Art. 197-ASon competentes para substanciar y resolver los procedimientos de probidad de las y los Jueces de Primera Instancia, la Comisión…
- Art. 197-BEl procedimiento de probidad a que se refiere el presente Capítulo, se sujetará a las bases siguientes: I. El Director del Centro…