Son obligaciones del Secretario Auxiliar:
I. Auxiliar al Secretario de Acuerdos en todas sus funciones;
II. Suplir las ausencias del Secretario de Acuerdos; y III. Las que le asigne el Presidente de la Sala.
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Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco· Título Segundo. DEL SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA › Capítulo IV. DE LAS SALAS DEL SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA
Son obligaciones del Secretario Auxiliar:
I. Auxiliar al Secretario de Acuerdos en todas sus funciones;
II. Suplir las ausencias del Secretario de Acuerdos; y III. Las que le asigne el Presidente de la Sala.
Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.