Para ser Secretario de Acuerdos, Secretario Auxiliar o Relator, se requiere:
I. Ser ciudadano mexicano en pleno ejercicio de sus derechos civiles y políticos;
II. Tener más de veintisiete años y menos de sesenta y cinco;
III. Tener título de abogado o licenciado en derecho registrado en la Dirección de Profesiones del Estado;
IV. Acreditar tres años de práctica profesional, contados desde la fecha del registro del título;
V. No haber sido condenado por delito doloso que amerite pena corporal;
VI. No tener sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal; contra la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual; por violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual; por violencia política contra las mujeres en razón de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos, y no haber sido declarada como persona deudora alimentaria morosa;
VII. Las demás que señale la ley y el reglamento.