En la elaboración del Plan General del Poder Judicial y los programas operativos anuales, se podrá convocar a las siguientes instituciones:
I. El Colegio de Notarios;
II. A tres de los colegios de abogados o barras de abogados registrados en la Dirección de Profesiones del Estado; y III. A la Universidad de Guadalajara a través del Director de la División de Estudios Jurídicos y a dos de las universidades locales más representativas que cuenten con escuela o facultad de derecho.