Son justa causa de renuncia o excusa del cargo de Jurado, las siguientes:
I. Laborar en organismos o empresas de prestación de servicios públicos;
II. Haber desempeñado el cargo de Magistrado durante el año anterior;
III. Padecer alguna enfermedad crónica, contagiosa o incurable;
IV. Haber cumplido sesenta años de edad; y V. En general todos aquellos impedimentos o excusas que prevén las leyes procesales de la materia para los jueces.