1. Para ser Director General de un órgano desconcentrado se requiere:
I. Ser ciudadano mexicano, en ejercicio de sus derechos civiles y políticos; y II. Contar con título profesional preferentemente en la materia que se trate o acreditar experiencia en la misma al momento de su designación. 2. Los directores generales de los órganos desconcentrados son designados y removidos por el Gobernador del Estado.