La Junta de Gobierno tendrá las siguientes atribuciones:
I. Fungir como órgano máximo de gobierno de la Red CJM;
II. Autorizar anualmente las políticas, planes, programas y estrategias establecidas en el Programa Anual Estratégico de Trabajo de la Red CJM a través de sus Centros de Justicia para las Mujeres;
III. Autorizar el ejercicio presupuestal anual de la Red CJM, la distribución de éste en cada uno de los Centros de Justicia para las Mujeres, y sus modificaciones;
IV. Aprobar la estructura administrativa y operativa de la Red CJM, así como de los Centros de Justicia para las Mujeres, y sus modificaciones;
V. Aprobar la plantilla de la Red CJM, así como de los Centros de Justicia para las Mujeres;
VI. Aprobar los sueldos y prestaciones de las y los servidores públicos de la Red CJM, conforme a la normativa vigente;
VII. Facultar a la Coordinadora General para que por su conducto otorgue poderes y facultades para actos de administración, pleitos y cobranza al personal que deberá representar a la institución;
VIII. Aprobar las actas de cada una de las sesiones ordinarias y extraordinarias;
IX. Vigilar el debido cumplimiento de los criterios de austeridad, racionalidad y disciplina, conforme a los cuales la Red CJM ejercerá su presupuesto;
X. Aprobar el manual de políticas, bases y lineamientos para las adquisiciones y enajenaciones celebradas por la Red CJM y los demás manuales de organización;
XI. Aprobar solicitudes de apoyos para la consecución del objeto de la Red CJM;
XII. Aprobar el informe anual presentado por la Coordinadora General;
XIII. Modificar o revocar los acuerdos tomados en sus sesiones;
XIV. Autorizar las modificaciones que requiera la Red CJM, así como los Centros de Justicia para las Mujeres, dejando a salvo los derechos previamente generados a favor de terceras personas dentro de los mismos;
XV. Aprobar el proyecto de Reglamento Interno de la Red CJM y autorizar las Reglas de Operación que se expidan para los programas que ejecute, así como demás lineamientos, protocolos y normativa interna del citado organismo;
XVI. Aprobar la creación de nuevos Centros de Justicia para las Mujeres, regionales o municipales, de conformidad con los lineamientos establecidos por la CONAVIM y en respuesta a la problemática de violencia por razón de género contra las mujeres; 8 XVII. Aprobar la suscripción de los actos jurídicos a nombre de la Red CJM, que afecten su patrimonio, constituyan deuda o trasciendan el periodo constitucional del Gobernador del Estado en turno, sin perjuicio de la autorización que corresponda al Congreso del Estado, en su caso;
XVIII. Aprobar la celebración de los contratos y convenios de los que la Red CJM, sea parte;
XIX. Enviar proyectos de ley al Gobernador del Estado, en las materias de su competencia, para su consideración;
XX. Conocer de los informes periódicos que rinda la Coordinadora General en torno al funcionamiento de los Centros de Justicia para las Mujeres;
XXI. Establecer un mecanismo de evaluación y monitoreo con base en el Sistema de Evaluación del Desempeño, del funcionamiento de la Red CJM y sus Centros de Justicia para las Mujeres, regionales y municipales;
XXII. Decidir y aprobar la constitución de fideicomisos y/o fideicomisos secundarios;
XXIII. Autorizar la recepción y en su caso, devolución de aportaciones;
XXIV. Autorizar, conforme a las disposiciones legales aplicables, la recepción de donaciones, herencias y legados en favor de la Red de CJM; y XXV. Las demás previstas en la presente Ley Orgánica, su Reglamento Interno y demás ordenamientos legales aplicables.