Sección QuintaDe las Unidades Académicas
Ley Orgánica del Instituto Tecnológico José Molina Pasquel y Henríquez · arts. 29 a 34
Artículos
- Art. 29Las Unidades Académicas son los planteles educativos distribuidos en el territorio del Estado de Jalisco, a través de los cuales…
- Art. 30Los directores de las unidades académicas son designados y removidos por la Junta de Gobierno a propuesta del Director General.
- Art. 31Para ser Director de Unidad Académica se requiere cumplir con los siguientes requisitos: I. Ser ciudadano mexicano en pleno…
- Art. 32El Director de Unidad Académica tendrá las siguientes atribuciones: I. Representar al Director General conforme a lo dispuesto…
- Art. 33Las Unidades Académicas tendrán la organización académica y administrativa y el personal que corresponda, según los criterios de…
- Art. 34El Reglamento Interno del Instituto, así como sus manuales administrativos respectivos, precisarán la organización administrativa…