De cada sesión se levantará acta circunstanciada, en la que se hagan constar las deliberaciones y acuerdos tomados por la Junta de Gobierno. Dicha acta deberá ser levantada y asentada en el libro correspondiente por el Instituto. Cada acta deberá ser firmada por los integrantes asistentes a la sesión correspondiente.
Al acta se le agregará la lista de asistencia firmada por los miembros de la Junta que conformen el quórum de la sesión.