El Presidente de la Junta Directiva podrá invitar a participar a las sesiones de la misma, a otros representantes de la administración pública estatal y federal para tratar temas específicos relacionados con la funcionalidad del Colegio.
Artículo 9
Ley Orgánica del Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Jalisco· Capítulo III. De los Órganos del Colegio › Sección Segunda. De la Junta Directiva
Conexiones dentro de la misma norma
Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
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