Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Artículo 52

Ley Orgánica de los Servicios Culturales (1939) (Educación, abrogada)· Título Cuarto. DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN PRIMARIA, ESPECIAL Y NORMAL › Capítulo X. Participación y Cooperación de los Ayuntamientos y la Comunidad, con la Escuela

Las Juntas de que habla el artículo anterior, funcionarán en las cabeceras Municipales y estarán constituidas por cinco miembros, debiendo formar parte de ellas el Regidor de Educación y un representante de los maestros del municipio, un representante de Organizaciones Obreras, un representante de las organizaciones campesinas y un representante de los padres de familia.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.