Para ser Rector, Jefe del Departamento Universitario, se requiere: a) Ser mexicano por nacimiento; b) Tener título o grado universitario, superior al de bachiller; c) Tener antecedentes científicos y reconocida ideología socialista; d) Haber sido catedrático en algún Plantel Universitario por lo menos durante dos años; y e) No pertenecer a asociaciones religiosas ni ser accionista o propietario de empresa o negociación patronal, ni empleado de confianza de las mismas, de los que señala el Art. 4º. de la Ley Federal del Trabajo.
Artículo 231
Ley Orgánica de los Servicios Culturales (1939) (Educación, abrogada)· Título Sexto. DEPARTAMENTO UNIVERSITARIO › Capítulo XII. Personal del Departamento Universitario
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