Las licencias, remociones, facultades y obligaciones de los profesores, se sujetarán a las disposiciones del Reglamento de esta Ley.
Artículo 163
Ley Orgánica de los Servicios Culturales (1939) (Educación, abrogada)· Título Quinto. DIRECCION DE EDUCACIÓN SECUNDARIA › Capítulo V. Personal Docente
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