Se declara por principio, que el orden y la disciplina se confían fundamentalmente a la dignidad y al honor de los alumnos. Solo en los casos en que aquellos demuestren incapacidad para mantener el orden, deberán intervenir las autoridades de la Escuela con las medidas disciplinarias indispensables.
Artículo 107
Ley Orgánica de los Servicios Culturales (1939) (Educación, abrogada)· Título Cuarto. DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN PRIMARIA, ESPECIAL Y NORMAL › Capítulo XVI. Escuela Normal
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