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Artículo 88

Ley Orgánica de la Universidad de Guadalajara· Título Septimo. DEL PATRIMONIO UNIVERSITARIO › Capítulo II. DEL REGIMEN JURIDICO Y ADMINISTRACION DEL PATRIMONIO UNIVERSITARIO

El Comité General de Compras y Adjudicaciones, dependerá de la Rectoría General y en su integración se incluirán a miembros de organizaciones representativas del sector empresarial. Su estructura y funciones se definirán reglamentariamente y tendrá las siguientes atribuciones: 32 I. Integrar un padrón general de proveedores de la Universidad;

II. Resolver sobre los criterios y procedimientos para compras, adquisiciones, reparación y mantenimiento de los bienes que constituyen el patrimonio universitario;

III. Resolver sobre las adquisiciones, concesiones, prestación de servicios y contratación de obra que realicen las dependencias de la Universidad de Guadalajara, las que serán adjudicadas por medio de licitaciones públicas en los términos de la normatividad aplicable, y IV. Elaborar programas indicativos y formular recomendaciones a los comités de compras y adquisiciones que se constituyan en los centros universitarios y en el Sistema de Educación Media Superior, sujetándose a lo dispuesto por el Estatuto General y los reglamentos aplicables.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.