La Secretaría General es la instancia responsable de certificar actos y hechos, en los términos de esta ley. Su titular fungirá además como Secretario de Actas y Acuerdos del Consejo General Universitario y del Consejo de Rectores, así como responsable del archivo general de la institución.
De la Secretaría General dependerá la Oficina del Abogado General, quien será el apoderado legal de la Universidad en asuntos administrativos y judiciales.