Capítulo IIIDe la prevención y control de la contaminación del suelo
Ley Estatal del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente · arts. 86 a 93
Artículos
- Art. 86Corresponde a la Secretaría, a los gobiernos municipales y a la sociedad en general prevenir la contaminación del suelo, para lo…
- Art. 87Los criterios establecidos en el artículo anterior, se considerarán, en el ámbito de competencia estatal y municipal, en los…
- Art. 87 BisLos Poderes Públicos del Estado, Ayuntamientos, Organismos Públicos Autónomos, Descentralizados y Paraestatales, y sus…
- Art. 88Los residuos que se acumulen, o puedan acumularse, y se depositen o infiltren en los suelos, reunirán las condiciones necesarias…
- Art. 89Queda sujeto a la autorización de la Secretaría en coordinación con los gobiernos municipales, en los términos de la Ley General…
- Art. 90Queda sujeto a la vigilancia del gobierno del estado en coordinación con los gobiernos municipales, con referencia a las normas…
- Art. 91El Titular del Ejecutivo del Estado y la Secretaría, así como los gobiernos municipales podrán celebrar acuerdos de coordinación…
- Art. 92Toda descarga, depósito o infiltraciones de substancias o materiales contaminantes en los suelos del estado, se sujetará a lo que…
- Art. 93Los procesos industriales que generen residuos de lenta degradación, para los cuales no existan alternativas, se llevarán a cabo…