Los recursos que se integren el Fondo Ambiental serán administrados vía fideicomiso y se destinarán a:
I. La realización de acciones de preservación del ambiente, la protección ecológica y la restauración del equilibrio ecológico;
II. La restauración, manejo y administración de las áreas de valor ambiental;
III. Prevención, mitigación y restauración del lago de Chapala, Río Santiago y sitios contaminados que se determinen por la autoridad competente;
IV. El apoyo a programas de prevención y restauración del equilibrio ecológico que desarrollen los municipios;
V. El apoyo al desarrollo de programas de educación e investigación en materia ambiental;
VI. La prevención y control de la contaminación atmosférica, de suelos y de agua;
VII. La adquisición de tecnologías que midan los niveles máximos permitidos de emisión de contaminantes en tiempo y condiciones reales;
VIII. La ampliación del sistema de monitoreo de la calidad del aire y programa de verificación, atendiendo a los requerimientos territoriales;
IX. El mejoramiento del transporte público que presta el Estado, basado en un sistema multimodal;
X. Extender líneas y rutas de transporte público masivo, ciclista y peatonal; 24 XI. Establecer programas de movilidad escolar; y XII. Financiar programas y acciones tendientes a mejorar la calidad del aire.