Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Artículo 4

Ley Electoral (1987) (Electorales, abrogada)· Título Segundo. Derechos y Obligaciones Político Electorales de los ciudadanos › Capítulo I. De los Derechos y las Obligaciones

‑ El voto expresa la voluntad soberana del pueblo de Jalisco.

Votar en las elecciones constituye un derecho y una obligación ciudadana.

El voto es universal, libre, secreto y directo, que se debe ejercer para cumplir la función pública de integrar los órganos de elección popular.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.