‑ Corresponde a las autoridades estatales y municipales, a los organismos electorales y sus dependencias y al Tribunal de lo Contencioso Electoral en el ámbito de sus respectivas competencias, con la corresponsabilidad de los partidos políticos y ciudadanos, vigilar y garantizar el libre desarrollo del proceso electoral, la efectividad del sufragio, la autenticidad e imparcialidad de las elecciones que se celebren en los términos de esta Ley.
Artículo 3
Ley Electoral (1987) (Electorales, abrogada)· Capítulo Unico. Del Objeto de esta Ley
Conexiones dentro de la misma norma
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