La Comisión Distrital Electoral publicará por segunda ocasión, a más tardar el quince de enero de acuerdo al procedimiento establecido en el artículo anterior, las listas de las casillas, su ubicación y los nombres de sus integrantes, con las modificaciones que hubiesen procedido.
Artículo 135
Ley Electoral (1987) (Electorales, abrogada)· Título Sexto. Actos Preparatorios de la Elección › Capítulo III. De la Integración, Ubicación y Publicación de las Mesas Directivas de Casilla
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