Quienes en el año de la elección estén por cumplir 18 años entre el día último del mes de octubre y el día de la elección, deberán solicitar su registro con la debida anticipación.
Artículo 96
Ley Electoral (1979) (Electorales, abrogada)· Título IV. Procedimientos en Materia Electoral › Capítulo I. De la Inscripción en el Padrón Estatal de Electores
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