‑ El sufragio universal y directo expresa la voluntad soberana del pueblo. Es responsabilidad del Gobierno del Estado y de los organismos político-electorales, velar por su ejercicio y efectividad en la forma y términos que dispone la Ley.
Artículo 2
Ley Electoral (1979) (Electorales, abrogada)· Capítulo I. De las elecciones para integrar los Poderes Legislativo y Ejecutivo y los Ayuntamientos de los Municipios del Estado
Conexiones dentro de la misma norma
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