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Artículo 19

Ley Electoral (1979) (Electorales, abrogada)· Título Segundo. De los Partidos Políticos › Capítulo I. Generalidades y Fundamentos

‑ Los partidos políticos son entidades de interés público, constituidos conforme a la Ley, que tienen como fin la participación del pueblo en la vida democrática e institucional y como organizaciones de ciudadanos, hacer posible el acceso de éstos al ejercicio del poder público de acuerdo con los programas, principios e ideas que postulen y mediante el sufragio universal, libre, secreto y directo.

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