Los paquetes electorales quedarán en poder del Presidente de la casilla, quien los hará llegar bajo su responsabilidad a la Comisiones Municipal Electoral durante las 24 horas siguientes al término del cómputo y escrutinio cuando se trate de casillas urbanas ubicadas en cabeceras de Distrito; 48 horas cuando se trate de casillas urbanas ubicadas fuera de la cabecera del Distrito; de 72 horas en el caso de las casillas rurales.
La demora en la entrega de los paquetes electorales sólo se justificará por causa de fuerza mayor.
Los paquetes electorales relativos a las elecciones de Diputados y Gobernador, serán remitidos inmediatamente por las comisiones municipales, o la Comisión Distrital Electoral correspondiente.