Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Artículo 5

Ley Electoral (1948) (Electorales, abrogada)· Capítulo II. DEL DERECHO DEL VOTO, DE LOS ELECTORES Y DE LA CREDENCIAL ELECTORAL

Para tener derecho a ser electo a un cargo de elección popular se requiere llenar los requisitos que para el caso señala la Constitución Política local y, además, estar en Territorio del Estado el día de la elección o por lo menos dentro de los ocho días anteriores.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.