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Artículo 58

Ley Electoral (1917) (Electorales, abrogada)· Capítulo IX. Prevenciones Generales

El Estado de Jalisco se divide en los siguientes Distritos Electorales, tanto en lo que se refiere a las elecciones de Diputados al Congreso Local, como a las del Congreso de la Unión.

PRIMER DISTRITO.- Cabecera, Guadalajara.- Comprende los Sectores Hidalgo y Libertad de la Ciudad de Guadalajara, la parte norte del municipio de su nombre y el de Tonalá.

SEGUNDO DISTRITO.- Cabecera, Guadalajara.- Comprende el Sector Juárez de la Ciudad de Guadalajara, la parte sur del municipio de su nombre al poniente de la vía del ferrocarril central y el Municipio de Zapopan.

TERCER DISTRITO.- Cabecera, Guadalajara.- Comprende el Sector Reforma de la Ciudad de Guadalajara, la parte sur del municipio de su nombre al oriente de la vía del ferrocarril central y los Municipios de Tlaquepaque y Juanacatlán.

CUARTO DISTRITO.- Cabecera, Yahualica.- Comprende los Municipios de Yahualica, San Cristóbal de la Barranca, Cuquio, Ixtlahuacán del Río y Mexticacán.

QUINTO DISTRITO.- Cabecera, Lagos de Moreno.- Comprende las Municipalidades de Lagos de Moreno, Ojuelos de Jalisco, S. Juan del los Lagos, Unión de S. Antonio y S. Diego de Alejandría.

SEXTO DISTRITO.- Cabecera, La Barca.- Comprende las Municipalidades de La Barca, Ayo el Chico, Degollado, Jesús María, Atotonilco el Alto, Ocotlán, Poncitlán, Zapotlán del Rey y Tototlán.

SEPTIMO DISTRITO.- Cabecera, Sayula.- Comprende las Municipalidades de Sayula, Tapalpa, Amacueca, Atoyac, Techaluta, Zacoalco de Torres, Teocuitatlán de Corona, Concepción de Buenos Aires, Acatlán de Juárez y Atemajac de Brizuela.

OCTAVO DISTRITO.- Cabecera, Ameca.- Comprende las Municipalidades de Ameca, Guachinango, Tecolotlán, Cocula, Chiquilistlán y S. Martín Hidalgo.

NOVENO DISTRITO.- Cabecera, Autlán.- Comprende las Municipalidades de Autlán, Purificación, Cihuatlán, Ejutla y el Grullo.

DECIMO DISTRITO.- Cabecera, Chapala.- Comprende las Municipalidades de Chapala, Tlajomulco, Jocotepec, Ixtlahuacán de los Membrillos, Tuxcueca, Tizapán el Alto y Manzanilla.

UNDECIMO DISTRITO.- Cabecera, Colotlán.- Comprende las Municipalidades de Colotlán, Sta. María de los Angeles, Huejúcar, Huejuquilla el Alto, Mezquitic, Totatiche, Chimaltitán, Bolaños y S. Martín.

DUODECIMO DISTRITO.- Cabecera, C. Guzmán.- Comprende las Municipalidades de C. Guzmán, Zapotiltic, S. Sebastián, Tuxpan, Tonila y Pihuamo.

DECIMO TERCER DISTRITO.- Cabecera, Mascota.- Comprende las Municipalidades de Mascota, S. Sebastián, Talpa de Allende, Tomatlán y Atenguillo.

DECIMO CUARTO DISTRITO.- Cabecera, Teocaltiche.- Comprende las Municipalidades de Teocaltiche, Paso de Sotos, Encarnación y Jalostotitlán.

DECIMO QUINTO DISTRITO.- Cabecera, Ahualulco.- Comprende las Municipalidades de Ahualulco, Teuchitlán, Etzatlán, S. Marcos y Tala.

DECIMO SEXTO DISTRITO.- Cabecera, Tepatitlán.- Comprende las Municipalidades de Tepatitlán, Zapotlanejo, Acatic, Arandas, Cañadas, S. Miguel el Alto y S. Julián.

DECIMO SEPTIMO DISTRITO.- Cabecera, Unión de Tula.- Comprende las Municipalidades de Unión de Tula, Tenamaxtlán, Ayutla, Teuchitlán y Cuautla.

DECIMO OCTAVO DISTRITO.- Cabecera, S. Gabriel.- Comprende las Municipalidades de S. Gabriel, Tonaya, Zapotitlán, Tuxcacuesco y Tolimán.

DEDI0MO NOVENO DISTRITO.- Cabecera, Tamazula de Gordiano.-Comprende los Municipios de Tamazula de Gordiano, Quitupan, Valle de Juárez, Mazamitla, Jilotlán de los Dolores y Tecalitlán.

VIGESIMO DISTRITO.- Cabecera, Tequila.- Comprende las Municipalidades de Tequila, Magdalena, Hostotipaquillo y Amatitán.

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