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Artículo 103

Ley Electoral (1912) (Electorales, abrogada)

Todo habitante del Estado que tenga derecho de votar, tiene el de pedir al Congreso que declare nulas las elecciones que adolezcan de algunos de los vicios de que habla el artículo anterior.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.