Cuando se trate de la elección de comisarios municipales, se dará cumplimiento en la cabecera de la comisaría a lo dispuesto en el artículo anterior, por una comisión compuesta de un munícipe y dos vecinos, nombrada por el Ayuntamiento a quien corresponda.
Artículo 48
Ley Electoral (1870) (Electorales, abrogada)· Capítulo VI. De la instalación de las mesas electorales
Conexiones dentro de la misma norma
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