Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Artículo 21

Ley Electoral (1824) (Electorales, abrogada)· Capítulo III. De la elección de los diputados

Cada uno de los ciudadanos que componen la junta elegirá de palabra o por escrito los respectivos electores de departamento, cuyos nombres se escribirán en la lista a su presencia.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.