Capítulo XIIProyecto Social
Ley del Sistema de Participación Ciudadana y Popular para la Gobernanza del Estado de Jalisco · arts. 120 a 123
Artículos
- Art. 1201. El proyecto social es el mecanismo de participación popular, mediante el cual los habitantes de un municipio colaboran…
- Art. 1211. El Proyecto Social debe contar con el respaldo de por lo menos veinte habitantes y debe contener: I. Nombre de la persona…
- Art. 1221. La organización y desarrollo de los proyectos sociales se entienden delegadas a los Consejos Municipales. 2. La solicitud de…
- Art. 1231. Si se determina que el proyecto social es procedente, el consejo municipal remite el dictamen de procedencia al Presidente…