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Artículo 20

Ley del Sistema de Participación Ciudadana y Popular para la Gobernanza del Estado de Jalisco· Título Segundo. SISTEMA ESTATAL DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y POPULAR PARA LA GOBERNANZA › Capítulo II. Consejo de Participación Ciudadana y Popular para la Gobernanza 3

1. El Consejo cuenta con una Secretaría Ejecutiva que sólo tiene derecho a voz. 2. La persona titular de la Secretaría Ejecutiva es designada por el Consejo, a propuesta de la Secretaría. 3. La persona titular de la Secretaría Ejecutiva durará en su cargo tres años y no podrá ser designado por otro periodo.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.