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Artículo 136

Ley del Sistema de Participación Ciudadana y Popular para la Gobernanza del Estado de Jalisco· Título Tercero. PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y POPULAR PARA LA GOBERNANZA › Capítulo XVII. Diálogo Colaborativo 41

1. Es el mecanismo de participación por el cual la autoridad establece acuerdos y consensos con la ciudadanía, a través de la construcción de nuevos espacios de representatividad para la toma de decisiones públicas, mediante la libre expresión de ideas y posiciones ciudadanas para el fortalecimiento de la democracia. 2. El Gobierno del Estado y los municipios, deberán incluir como herramienta de participación ciudadana los diálogos colaborativos.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

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