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Artículo 135

Ley del Sistema de Participación Ciudadana y Popular para la Gobernanza del Estado de Jalisco· Título Tercero. PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y POPULAR PARA LA GOBERNANZA › Capítulo XVI. Planeación Participativa

1. La planeación participativa es el mecanismo de participación mediante el cual la toma de decisiones se construye en coordinación con la ciudadanía para la creación de los instrumentos de planeación del desarrollo.

Solo podrá ejercerse por la ciudadanía dentro de los periodos de elaboración o actualización de los citados instrumentos. 2. La planeación participativa también es el mecanismo mediante el cual la ciudadanía participa en todos los procesos de planeación estatales y municipales, la toma de decisiones se construye en coordinación entre servidores públicos y la ciudadanía. 3. Este mecanismo se ejerce de conformidad a lo establecido en la Ley de Planeación Participativa para el Estado de Jalisco y sus Municipios.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

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