Capítulo XVIIDe las visitas de orientación e inspección
Ley del Registro Civil del Estado de Jalisco · arts. 136 a 139
Artículos
- Art. 136La Dirección General del Registro Civil podrá realizar las visitas de orientación y control administrativo que señala la presente…
- Art. 137Las visitas de orientación tendrán por objeto informar a los titulares de las oficialías del Registro Civil y los servidores…
- Art. 138Las visitas de control administrativo tendrán por objeto asegurar la coordinación de las actividades de las oficialías, conforme…
- Art. 139Las visitas e inspecciones que corresponde realizar a la Procuraduría Social del Estado de Jalisco, se desarrollarán conforme a…