Las visitas de orientación tendrán por objeto informar a los titulares de las oficialías del Registro Civil y los servidores públicos que dependan de las mismas, respecto a la aplicación de las normas reglamentarias que regulen sus actividades, así como promover su capacitación y actualización.
Artículo 137
Ley del Registro Civil del Estado de Jalisco· Capítulo XVII. De las visitas de orientación e inspección
Conexiones dentro de la misma norma
Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.