En ningún caso y bajo ninguna circunstancia podrán ejercerse recursos públicos en beneficio o perjuicio de la imagen de gobernante o persona, física o jurídica alguna.
Las campañas de prensa, propaganda y difusión deberán ser instrumentadas exclusivamente para dar a conocer asuntos relacionados con las actividades propias de la entidad de gobierno que sean de interés y en beneficio de los ciudadanos.
Queda prohibido pagar con cargo al erario público, publicidad que no tenga relación con los servicios públicos que presta el Estado.