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Artículo 203

Ley del Notariado del Estado de Jalisco· Título Cuarto. ARCHIVO DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS › Capítulo I. Del Colegio y Consejo de Notarios

El Colegio de Notarios del Estado de Jalisco, es un organismo con personalidad jurídica y patrimonio propio, que tiene como objetivo auxiliar al titular del Poder Ejecutivo en la observancia del cumplimiento de esta ley, los Reglamentos y demás disposiciones que de ella emanen a través de su Consejo, así como de ser el órgano de representación legal y actuar en defensa de los legítimos intereses de los Notarios del Estado, subordinados a los de la sociedad, a efecto de garantizarle la prestación de un servicio notarial competente, eficaz, digno y responsable.

Se conforma por todos los notarios del Estado y tendrá su domicilio en la capital del Estado, sin perjuicio de establecer delegaciones en otros lugares, cuando así lo determine el propio Colegio.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.