El Consejo de Administración, celebrará cuando menos una sesión ordinaria al mes, y las extraordinarias que sean necesarias, a convocatoria del Presidente del Consejo, el Director General o, por lo menos, la tercera parte de los miembros del Consejo.
Por cada propietario habrá un suplente, con excepción del Presidente del Consejo, que será sustituido en sus ausencias por el Vicepresidente.
Será suficiente la mitad más uno de sus integrantes para que haya quórum dentro del Consejo.
Todos los miembros del Consejo participarán con derecho a voz y voto en las sesiones, a excepción del Secretario del Consejo quien sólo tendrá voz pero no voto. En caso de empate el Presidente tendrá voto de calidad.
Los cargos de los miembros del Consejo serán honoríficos, excepto el del Director General y el del Contralor Interno.