Los usuarios de los servicios públicos de agua potable, alcantarillado y saneamiento, deberán celebrar con el municipio o su organismo operador un contrato de adhesión para la prestación de los servicios, cuyo contenido especificará las obligaciones y responsabilidades de cada parte, de acuerdo al contenido de esta Ley, su reglamento y los reglamentos municipales correspondientes. El contrato deberá contener cuando menos:
I. Los fundamentos jurídicos y su objeto;
II. La descripción del prestador de los servicios y del usuario;
III. Los derechos y obligaciones del prestador de los servicios;
IV. Los derechos y obligaciones del usuario;
V. El período de vigencia;
VI. Las características de la prestación del servicio público;
VII. Tipo de servicio que se contrata;
VIII. El reconocimiento explícito de la entidad reguladora como árbitro en caso de controversias entre las partes y como autoridad en el ejercicio de las atribuciones que se le confieren en la presente Ley y su reglamento, en el contrato o cualquier otro ordenamiento;
IX. Las causas de rescisión o restricción establecidas en esta Ley; y X. Las infracciones y sanciones de las partes.