Se llevará el registro en actas de todos los acuerdos que se tomen en las sesiones de la Junta de Gobierno. Las actas serán firmadas por el Presidente y el Secretario Técnico.
Artículo 31
Ley del Agua para el Estado y sus Municipios· Título Segundo. De las Autoridades en Materia de Agua y Saneamiento Servicios Públicos de Agua y Saneamiento
Conexiones dentro de la misma norma
Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.