En los contratos de crédito otorgados por el Gobierno Estatal, deberán contemplar seguros de vida, de desempleo, de incapacidad total y permanente y de daños a la vivienda.
En caso de que el solicitante no pueda demostrar plenamente sus ingresos, la determinación de comprobación de los mismos se ajustará a lo que establezcan las reglas de operación del Instituto.