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Artículo 119

Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios· Título Séptimo. De las Responsabilidades y Sanciones › Capítulo I. De la Responsabilidad Administrativa

Infracciones - Titulares de sujetos obligados 1. Son infracciones administrativas de los titulares de los sujetos obligados:

I. No constituir su Comité de Transparencia o su Unidad, conforme a la Ley;

II. No publicar los datos de identificación y ubicación de su Unidad, su Comité de Transparencia o el procedimiento de consulta y acceso a la información pública;

III. No publicar de forma completa la información fundamental que le corresponda;

IV. No actualizar en tiempo la información fundamental que le corresponda;

V. No implementar en tiempo un sistema de recepción de solicitudes y entrega de información pública vía electrónica, conforme a la Ley;

VI. No tomar las medidas adecuadas para la protección de la información pública en su poder, contra riesgos naturales, accidentes, y contingencias;

VII. No tomar las medidas adecuadas para la protección de la información pública en su poder, contra acceso, utilización, sustracción, modificación, destrucción o eliminación no autorizados;

VIII. No publicar las actas de lo discutido y acordado en las reuniones de sus órganos colegiados;

IX. Utilizar de manera inadecuada e irresponsable la información pública reservada o confidencial en su poder;

X. No proporcionar en tiempo a su Unidad, la información pública de libre acceso que le solicite;

XI. Difundir, distribuir, transferir, publicar, comercializar o permitir el acceso a la información confidencial, sin autorización de su titular;

XII. Difundir, distribuir, transferir, publicar o comercializar información reservada, o permitir el acceso a personas no autorizadas por la ley, salvo los casos de violación a los derechos humanos, delitos de lesa humanidad o casos de corrupción;

XIII. Realizar actos para intimidar a los solicitantes de información o inhibir el ejercicio del derecho; e XIV. Incumplir las resoluciones del Instituto que les corresponda atender.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: 123