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Artículo 243

Ley de Salud del Estado de Jalisco· Título Noveno. DE LA INFRAESTRUCTURA EN SALUD › Capítulo Único

Infraestructura en Salud. Redes de Coordinación. 1. La Secretaría de Salud, promoverá la creación de redes de coordinación interinstitucional, con la finalidad de optimizar los recursos disponibles y evitar la duplicidad de acciones. 2. Con la finalidad de abarcar la cobertura en salud de las zonas de difícil acceso, la Secretaría de Salud creará redes de Telemedicina.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

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