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Artículo 196

Ley de Salud del Estado de Jalisco· Título Séptimo. DE LOS RECURSOS HUMANOS PARA LA SALUD › Capítulo III. DE LA FORMACIÓN, CAPACITACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DEL PERSONAL

Formación, Capacitación y Actualización del Personal. Coadyuvancia de la Secretaría de Salud. 1. La Secretaría de Salud coadyuvará con las autoridades e instituciones educativas, cuando éstas lo soliciten, en:

I. Los requisitos para la apertura y funcionamiento de instituciones dedicadas a la formación de recursos humanos para la salud, en los diferentes niveles académicos y técnicos; y II. La definición del perfil de los profesionales para la salud, en sus etapas de formación.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

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