Accidentes. Acciones de Prevención y Control. 1. Las acciones en materia de prevención y control de accidentes se encaminará a:
I. El conocimiento de las causas más usuales que generan accidentes;
II. La adopción de medidas para prevenir accidentes;
III. El desarrollo de la investigación para la prevención de los mismos;
IV. El fomento, dentro de los programas de educación para la salud, de la orientación a la población para la prevención de accidentes;
V. La atención de los padecimientos que se produzcan como consecuencia de ellos;
VI. La promoción de la participación de la comunidad en la prevención de accidentes; y VII. La reducción de los principales factores de riesgo.