El Consejo, estará integrado como sigue:
I. Un representante del Gobierno del Estado o del Municipio, según corresponda, designado por el Gobernador o el Presidente Municipal, quien lo presidirá;
II. Además con un representante de: a) La Cámara Nacional de Comercio, Servicios y Turismo de Guadalajara; b) El Consejo de Cámaras Industriales de Jalisco; c) El Centro Empresarial de Jalisco, S.P.; d) La Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción, Delegación Jalisco; y III. Un representante de un Organismo reconocido en materia de transparencia y combate a la corrupción;
IV. Una persona académica representante de una universidad; y V. Una persona especialista.
Las y los integrantes señalados en las fracciones III, IV y V, serán designados por invitación de persona titular del Gobierno del Estado o de la Presidencia Municipal, según sea el caso. 18 Sus actuaciones se acordarán por mayoría de votos de los miembros presentes en la sesión respectiva, teniendo el Presidente voto de calidad en caso de empate.
Las sesiones del Consejo serán válidas cuando concurran al menos cinco de sus miembros, siempre que se encuentre entre los asistentes su Presidente.
El Consejo sesionará de conformidad con lo que establezca el Reglamento.
A las sesiones del Consejo se podrán invitar los integrantes del Comité Administrador que corresponda y a personas físicas o jurídicas con reconocida experiencia en la planeación, ejecución y desarrollo de proyectos de inversión para infraestructura y de prestación de servicios, sólo con derecho a voz.