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Artículo 34

Ley de Proyectos de Inversión y de Prestación de Servicios del Estado de Jalisco y sus Municipios· Capítulo VII. Del Procedimiento de Adjudicación

En la evaluación de las propuestas, serán considerados como parte de la solvencia de la propuesta, en los términos de la Ley de Compras Gubernamentales, Enajenaciones y Contratación de Servicios del Estado de Jalisco y sus Municipios, los siguientes aspectos:

I. La situación personal: que el proponente no haya sido condenado, mediante sentencia firme, por delitos relacionados con delincuencia organizada, corrupción, operaciones con recursos de procedencia ilícita o fraude;

II. La capacidad económica y financiera: que no se encuentre en estado de quiebra, concurso de acreedores, liquidación o cualquier otro de naturaleza similar;

III. La solvencia profesional: se tomará en cuenta su trayectoria, y que no haya sido condenado por situaciones que pongan en duda su solvencia y capacidad profesional;

IV. La situación fiscal: estar al corriente en el pago de sus obligaciones tributarias; y V. Capacidad técnica: se deberá evaluar la calidad de las obras y servicios efectuados en los últimos años, el personal técnico que les sirve de apoyo y las medidas empleadas para garantizar la calidad y los medios de estudio e investigación utilizados para el desarrollo de sus actividades.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.