Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Artículo 59

Ley de Protección y Cuidado de los Animales del Estado de Jalisco· Título Tercero. De las medidas de cuidado y protección de los animales › Capítulo X. Del sacrificio de animales

El sacrificio de los animales destinados al consumo humano se hará con la autorización expresa de las autoridades sanitarias y administrativas que señalen las leyes.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.